sábado, 29 de abril de 2017

Nuevas Fechas, La Presunción de Operaciones Inexistentes, Analisis y Defensa

LOGISTICA Y CAPACITACION PROFESIONAL SC
Y CAPACITADORA FISCAL AZUA SC

Líderes en Capacitación Fiscal y Comercial

Tienen el honor de invitarlo a su magno evento denominado:

LA PRESUNCIÓN DE OPERACIONES INEXISTENTES
(Presupuestos Jurídicos o supuestos del SAT)

Con el Reconocido Fiscalista y Expositor a Nivel Nacional:
Maestro Arturo Baltazar Valle
Lic. En Derecho por la Universidad Autónoma de Campeche, Maestría en Derecho Fiscal por la Escuela Libre de Derecho de Puebla, Diplomado en Impuestos por el ITAM, Diplomado en Propiedad Industrial e Intelectual por el Centro Iberoamericano de Posgrado A.C (Puebla) Primer Secretario de Acuerdos en la Sala Regional del Sureste (Oaxaca) y Oriente (Puebla) del RFJFA. Abogado Defensor en Derecho Administrativo y Fiscal, Administrador del grupo Fiscalistas En Estudio en Facebook, Capacitador en Temas Fiscales

El SAT tiene la facultad para presumir que las operaciones que aparecen en los CFDI son inexistentes y, de inmediato, proceder a la cancelación del certificado para que el contribuyente deje de expedirlos, con la consecuencia de que los ya expedidos carecen de valor para ser deducibles.

Basta con que el SAT notifique al contribuyente que se colocó en alguno o todos los supuestos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, para que obligue al contribuyente a demostrar la existencia de las operaciones de los CFDI observados.

El SAT ha comenzado a tornarse inquisidora ilógica y duda de que el personal del contribuyente pueda realizar las operaciones que ampara el CFDI, duda de que la infraestructura que tiene sea la adecuada, necesaria y suficiente para realizar esas operaciones con sus clientes, incluso duda de que los activos con los que cuente sean adecuados para su actividad.

Con esta facultad, el SAT se ha convertido en una investigadora a estilo de Sherlok Holmes y se extralimita, va más allá de los simples supuestos establecidos por el legislador en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

OBJETIVO: Proporcionar conocimientos exactos al contador para analizar y reflexionar sobre su verdadera y correcta aplicación a fin de evitar caer en las manipulaciones que el SAT realiza para imponerse al contribuyente, de tal manera que conozca el alcance de cada supuesto previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación y  la forma de interponer el recurso de revocación en contra de la resolución definitiva, con argumentos y la documentación necesaria para demostrar que es ilegal el proceder de la autoridad por ir más allá de los supuestos de ley y que, por una parte, las operaciones del contribuyente son reales y, por otra, que la contabilidad es confiable.

DIRIGIDO A: Contadores, Abogados, Administradores, Empresarios y público en general interesados en conocer con precisión las disposiciones fiscales aplicables en este tema.

TEMARIO:

I.            Panorama actual

II.          Análisis de los presupuestos para aplicar la presunción

III.        Facultad de comprobación y Cancelación del certificado para continuar expidiendo el CFDI.

IV.         Jurisprudencias vigentes

V.           Notificación de la presunción por Buzón Tributario

VI.         Propuesta de escrito para contestar

VII.       Resolución determinadora de realización de Operaciones Inexistentes.

VIII.     Recurso de Revocación

IX.         Recomendaciones

INCLUYE:

§  Seminario

§  Material Impreso en carpeta conmemorativa y pluma.

§  Constancia de participación con validez EPC y STPS.

§  Coffee Brake

§  Cuota preferencial de estacionamiento (donde aplique).



SEDES HORARIO: 

3 de Mayo Monterrey (Crowne Plaza Centro) 16:00-21:00 horas.
9 de Mayo Ciudad de México (Holiday Inn Zona Rosa) 16:00-21:00 horas.
11 de Mayo San Luis Potosí (City Express Zona Universitaria) 16:00-21:00 horas.
18 de Mayo Guadalajara (Hotel  Country Plaza Prol. Americas) 16:00-21:00 horas.


INVERSIÓN:

Cuota Anticipada: $2490.00 valida 3 días antes del evento

Cuota Regular: $2790.00

En esta cuota, promoción especial, pagan 2 y el tercer participante es Gratis.

Cuota Socio IMCP y Maestros: $2290.00 (Previa validez)

Estos precios  son más  I.V.A

FORMAS DE PAGO:

v  BANREGIO 120-03001-001-4 CLABE 058700000001530834 

A nombre de: CAPACITADORA FISCAL AZUA SC.
(Antes de realizar cualquier pago es necesario realizar su reservación)

Puede realizar su pago por medio de depósitos o transferencias a nuestra cuenta, aceptamos tarjetas de débito y crédito VISA y MASTERCARD;

INFORMES Y RESERVACIONES:

Lic. Beatriz Jonguitud

Tel. y Fax: 444.820.70.40 y 444.815.59.45
NEXTEL: 4441858179
Whatsapp +52 1 4441858179

Email: eventosfiscales@gmail.com

"El Hombre Capacitado es Sinónimo de Éxito"
Gracias por su participación y confianza.

De acuerdo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, aprobada el 13 de abril de 2010, en los artículos 3, Fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del capítulo II, del Título Segundo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, hacemos de su conocimiento que Logística y Capacitación Profesional SC MR NO TRANSFIERE INFORMACIÓN PERSONAL A TERCEROS.

Amablemente le solicitamos que, si usted desea darse de baja de nuestra lista de correos, y no recibir más comunicación de nosotros, por favor responda este mensaje especificando BAJA en el renglón ASUNTO, y será eliminado de nuestros registros, es muy importante que si tiene varias cuentas, lo haga desde la cuenta donde le llega el mismo.
Le recordamos que Logística y Capacitación Profesional SC MR sólo promueve valores empresariales, sin el afán de molestarle o de poner en peligro sus datos. Logística y Capacitación Profesional SC  Proporciona un servicio de información y promoción, siempre bajo su consentimiento y conformidad. Se entenderá que el titular consiente tácitamente el tratamiento de sus datos, cuando habiéndole enviado este aviso de privacidad, no manifieste su inconformidad.

lin257cf
nohomofobia
© Fini Calviño